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AYUDAS ECONÓMICAS FAMILIARES. ANUALIDAD 2021

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Objeto: Las ayudas económicas familiares constituyen prestaciones complementarias de los Servicios Sociales Comunitarios, de carácter temporal, dinerarias o en especie, que se conceden a las familias para la atención de necesidades básicas de los y las menores a su cargo cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello, y van dirigidas a la prevención, reducción o supresión de factores que generen situaciones de dificultad o riesgo social para los y las menores con el fin de favorecer su permanencia e integración en el entorno familiar y social, evitando así las situaciones de desprotección que pudieran producirse de continuar las mismas circunstancias.

Personas beneficiarias: personas mayores de edad o menores emancipadas como representantes de su unidad familiar de convivencia, que residan y estén empadronadas en cualquiera de los municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, y que carezcan de medios económicos suficientes para atender las necesidades básicas de los menores de la unidad, las cuales deben ser valoradas por el personal técnico correspondiente de los Servicios Sociales Comunitarios.

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Conceptos subvencionables:
a) Necesidades básicas de los menores:
En este contexto se entiende por necesidades básicas la adquisición de alimentos, ropa, calzado, productos de aseo personal e higiene doméstica, leche de continuidad, así como medicamentos que requerirán en todo caso de prescripción médica.
b) Otras necesidades:
En este concepto se incluyen pañales, material escolar no financiado por la Consejería competente en materia de educación, acceso a recursos educativos que desempeñen una función de integración de la persona menor, así como los gastos derivados de transporte u otros que se recojan en el informe motivado suscrito por técnico competente. No podrán exceder los 150 € por menor.
c) Excepcionalmente, alquiler, suministros básicos de electricidad, gas y agua, así como adquisición de mobiliario y enseres básicos que directamente incidan en el bienestar del menor con un límite de 1.500 €.

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Requisitos: La persona solicitante de estas ayudas deberá cumplir los siguientes requisitos generales:
a) Estar empadronada y residir en un municipio de la provincia de Málaga menor de 20.000 habitantes.
b) Ser mayor de edad o menor emancipado.
c) Aportar la documentación exigida de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de las bases.
d) No superar los siguientes umbrales de renta máximos de la unidad familiar, referidos a los 6 meses anteriores a la solicitud, de acuerdo con el cuadro establecido en la convocatoria

Estas ayudas están reguladas por la Orden de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de 10 de octubre de 2013, y su gestión se enmarca en el convenio anual firmado entre esa Consejería y la Diputación Provincial de Málaga. Las bases reguladoras de las Ayudas Económicas Familiares para la Anualidad 2021 están publicadas en el BOP nº 73 de 19 de abril de 2022 (con una correción de errores en el BOP nº 88 de 22 de mayo) y la convocatoria de las ayudas de dicha anualidad en el BOP nº 105 de 2 de junio 2022.

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